Consultas 24 horas: 807 54 51 67 
1,21 desde fijo- 1,58 desde móvil (iva incluido).
 

 Recurso contra orden de expulsión de territorio nacional


Cuando una determinada persona se encuentra en situación irregular en territorio nacional, la policía puede iniciar un procedimiento administrativo de expulsión del territorio nacional.

 Dicho procedimiento podrá seguirse por los trámites del procedimiento preferente o bien por los trámites del procedimiento ordinario.

Llamar ahora

También es preciso señalar que la expulsión puede ser decretada por un Juzgado o Tribunal como parte integrante de una pena.

En el caso de que se inicie un procedimiento administrativo de expulsión del territorio nacional, este deberá de resolverse en el plazo de seis meses desde su incoación. En caso contrario, el procedimiento administrativo caduca.

Si efectivamente se resuelve en el plazo de seis meses, la Delegación del Gobierno puede emitir una orden de expulsión del territorio nacional y la prohibición de entrada en el mismo durante un determinado periodo. Otras posibilidades alternativas a decretar la orden de expulsión pueden ser la imposición de una multa o el archivo del expediente administrativo.

También es necesario tener presente que, para asegurar la efectividad de la orden de expulsión, puede llegarse a decretar el internamiento en un Centro de Internamiento de Extranjeros, por un periodo que no puede superar los 60 días. En este caso, puede ser conveniente solicitar junto con el recurso contencioso- administrativo la medida cautelarísima de suspensión de la ejecución del acto impugnado, pues de otro modo cuando se resuelva el recurso interpuesto ya podría haberse ejecutado la orden de expulsión.

Si lo que se decreta es la expulsión del territorio nacional, existen dos posibilidades de recurso:


Recurso potestativo de reposición que habrá de interponerse en el plazo de un mes desde la notificación de la orden de expulsión.


 Recurso contencioso administrativo ante los juzgados de lo contencioso administrativo competentes.

Dichas posibilidades de recurso no pueden ser usadas de forma simultánea, o se utiliza uno de los recursos o el otro. Si es posible recurrir primero en reposición y posteriormente ante el Juzgado de lo contencioso- administrativo, o bien directamente ante los órganos judiciales.

Que recurso utilizar depende de las circunstancias del caso, y habrá de valorarse cada caso particularmente.

Los abogados de extranjería de Letrados Directos son especialistas en recursos contra ordenes de expulsión del territorio nacional. Si tiene algún asunto de esta índole no dude en contactarnos.

 El presente artículo ha sido redactado por los abogados de Letrados Directos en base a sus conocimientos y experiencia, sin perjuicio de mejor criterio. La información que se ofrece a través del sitio web es meramente informativa de carácter general, y por tanto, no puede entenderse que constituya asesoramiento legal ni profesional de ningún tipo. El uso de esta web implica la asunción de lo estipulado en el AVISO LEGAL.

Otros artículos populares en materia de extranjería:

Correo
Llamada
Asignación
Acerca de