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Derecho Penal
 
Teléfono asistencia al detenido: 91 091 69 68


Foto de Rainer Bleek de Unsplash


Letrados Directos dispone de un teléfono para asistencia al detenido en Madrid, disponible las 24 horas del día, los 365 días del año.

Un abogado le asistirá a usted o a cualquier familiar, allegado o amigo en el caso de que sea detenido, y se ponga en contacto con nosotros en nuestro teléfono para asistencia al detenido.

Antes y después de prestar declaración en sede policial o judicial es trascendental el entrevistarse con un abogado, que le asesore convenientemente y se prepare la estrategia defensiva.

El detenido debe de ser asistido por una abogado de su elección, y si no se designa un abogado particular, se le designará por la autoridad policial o judicial un profesional del turno de oficio.



El abogado penalista de Letrados Directos, entre otras actuaciones, una vez que se ponga en contacto con nosotros a través de nuestro teléfono de asistencia al detenido y el encargo sea aceptado:

- Revisa el atestado policial y diligencias policiales y/o judiciales para preparar la estrategia defensiva y detectar irregularidades o nulidades.


- Puede solicitar y/o tramitar el habeas corpus en el caso de que la detención pudiera resultar ilegal.

- Solicita la libertad provisional inmediata o impugna la prórroga injustificada de la detención.

- Queda personado en el correspondiente procedimiento judicial a los efectos de ejercer la defensa del investigado.


La autoridad policial o judicial debe de informar al detenido de sus derechos (artículo 17 de la Constitución)

El detenido puede designar ante la autoridad policial o judicial el abogado que desea que le defienda, proporcionando su teléfono, y a través del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, se le comunicará al letrado la designación.

También, los familiares o allegados pueden ponerse en contacto, a través del teléfono de asistencia al detenido de Letrados Directos, para que los abogados penalistas de Letrados Directos efectúen las acciones correspondientes para incorporarse a la defensa del detenido.

Según el artículo 520.4 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, el abogado debe de acudir al centro de detención con la máxima premura, y siempre dentro del límite temporal de 3 horas.

TELÉFONO ASISTENCIA AL DETENIDO: 91 091 69 68


Actualizado a 28 de diciembre de 2025
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