Consultas 24 horas: 807 54 51 67 
1,21 desde fijo- 1,58 desde móvil (iva incluido).d
DERECHO DE SUCESIONES
 


ARTÍCULOS DE LETRADOS DIRECTOS EN RELACION A DERECHO DE SUCESIONES



La aceptación de una herencia no siempre tiene que suponer que se va a recibir algo. Es posible, y en la práctica sucede con habitualidad, que las deudas que tiene el fallecido sean superiores a los bienes que poseía.


Por lo tanto, es muy importante tener en cuenta en que forma se acepta la herencia; pues si no se hace de la forma adecuada, no solo no se va a recibir bien o activo alguno, sino que por el contrario podemos vernos obligados a responder de las deudas de fallecido causante con nuestros bienes propios. En consecuencia, el negocio sería ruinoso.

La aceptación de la herencia a beneficio de inventario es la forma mas conveniente cuando se desconocen los activos y pasivos que integran la herencia.

Correo
Llamada
Asignación
Acerca de