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La pena por conducir sin carnet



Según la legislación vigente, Conducir sin carnet es un delito que se encuentra penado en el artículo 384 del Código Penal.



 Así el artículo 384 del Código Penal establece que: 

"El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción."

Por lo tanto, la pena por conducir sin carné será la de prisión de tres a seis meses, de multa de doce a veinticuatro meses o la de trabajos en beneficio de la comunidad.

Conviene tener presente que el delito se comete no solamente en los casos de no haber obtenido nunca el permiso o licencia de conducir, sino también en los casos de pérdida de los puntos, o en los supuestos de conducción cuando se ha sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial.

El presente artículo ha sido redactado por los abogados de Letrados Directos en base a sus conocimientos y experiencia, sin perjuicio de mejor criterio. La información que se ofrece a través del sitio web es meramente informativa de carácter general, y por tanto, no puede entenderse que constituya asesoramiento legal ni profesional de ningún tipo. El uso de esta web implica la asunción de lo estipulado en el AVISO LEGAL.

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