Consultas 24 horas: 807 54 51 67 
1,21 desde fijo- 1,58 desde móvil (iva incluido).
 

 EL DELITO LEVE DE HURTO POR CUANTÍA INFERIOR A 400 EUROS


Los abogados penalistas de Letrados Directos son especialistas en delitos leves de hurto. Si tiene cualquier asunto relacionado con este delito no dude en consultarnos

Contenido:

El delito leve de hurto El delito leve de hurto


1. ¿Qué es el delito leve de hurto?

2. ¿Debe de incluirse dentro de los 400 euros la cantidad correspondiente al IVA?

3. ¿Qué pena se puede imponer por un delito leve de hurto?

4. ¿Cuándo prescribe el delito leve de hurto?

5. ¿Cuándo se cancela el delito leve de hurto?

6. Diferencia entre el delito de hurto y el delito de robo.

7. La reincidencia en el delito leve de hurto.


1. ¿Qué es el delito leve de hurto?


El delito leve de hurto en España es una figura legal que aborda la sustracción de bienes ajenos sin emplear violencia ni intimidación. Aunque se considera una infracción de menor gravedad en comparación con otros delitos contra la propiedad, sigue siendo un acto punible que se encuentra contemplado en el Código Penal. 

Según el artículo 13.3 del Código Penal son delitos leves aquellas infracciones que la ley castiga con un pena leve. Le recomendamos, en este aspecto, la lectura de nuestros artículos sobre los delitos leves.

En el caso del delito  de hurto está regulado en el artículo 234 del Código Penal, y se define como la acción de apoderarse de bienes muebles ajenos sin el consentimiento de su dueño. Para que se configure este delito, deben cumplirse tres elementos fundamentales:


✔️ Apropiación: La toma de posesión de un bien ajeno con la intención de convertirse en su nuevo propietario.


✔️ Bienes Muebles: El objeto sustraído debe ser un bien mueble, es decir, algo que puede ser trasladado físicamente.


✔️ Ausencia de Violencia o Intimidación: A diferencia de otros delitos contra la propiedad, como el robo, el hurto se caracteriza por la ausencia de violencia o intimidación en el acto de apropiación.

La cuantía del hurto es un factor clave para determinar la gravedad y, por ende, la pena asociada. La legislación establece umbrales específicos que diferencian entre un delito leve y uno más grave. Cuando la cuantía del hurto supera ciertos límites, el delito puede ser considerado como robo con penas más severas.

El delito de hurto, tendrá la consideración de delito leve si la cuantía de lo sustraido es inferior a 400 euros. Y ello es relevante, porque el delito leve de hurto lleva aparejada una pena de multa, y sin embargo el delito menos grave de hurto lleva consigo la imposición de una posible pena de prisión de seis a 18 meses.


2. ¿Debe de incluirse dentro de los 400 euros la cantidad correspondiente al IVA?


La Sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, de 9 de mayo de 2017, ha fijado que el criterio que deben entenderse para valorar la cuantía de lo sustraido es siempre el precio de venta al público, y por tanto, debe de incluirse la cantidad correspondiente al IVA. 

Así esta sentencia dice:  "En base a lo argumentado el recurso debe ser desestimado y declarar que el valor de lo sustraído en establecimiento comerciales es el precio de venta al público que debe interpretarse como la cantidad que debe abonarse para su adquisición, cifra que habitualmente se exhibe en el etiquetado de la mercancía, comprensiva, sin desglosar, las costas de producción y distribución del bien, los márgenes de beneficio de los sucesivos intervinientes en la cadena de producción y los tributos y aranceles que lo hayan gravado directa o indirectamente, con inclusión del Impuesto del Valor Añadido (IVA) en el territorio de su aplicación (península y Baleares ) el impuesto General Indirecto Canario (IGIG), en las Islas Canarias y el impuesto sobre la Producción, los Servicios y las Importaciones (IPSI) en las ciudades de Ceuta y Melilla."


3. ¿Qué pena se puede imponer por un delito leve de hurto?


La pena a imponer por el delito leve de hurto es de multa de uno a tres meses.

Cada mes se computa a razón de 30 días, y la cuantía de la cuota depende de las circunstancias económicas del condenado, aunque podría considerarse que una cuota más o menos común sería de 5 o 6 euros. 

Sin embargo, la pena se impondrá en su mitad superior si para la comisión del hurto se han neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraidas. Así lo dispone el artículo 234.3 cuando expresa: "Las penas establecidas en los apartados anteriores se impondrán en su mitad superior cuando en la comisión de los hechos se hubieran neutralizado, eliminado o inutilizado, por cualquier medio, los dispositivos de alarma o seguridad instalados en las cosas sustraidas".

A todo ello habría que añadir la cantidad correspondiente a satisfacer en concepto de responsabilidad civil por el valor de los bienes o artículos sustraidos, si estos no hubieren sido recuperados.

Si la pena impuesta en concepto de multa no es satisfecha, cada dos cuotas no pagadas se pueden transformar en el cumplimiento de un día de privación de libertad.


4. ¿Cuándo prescribe el delito leve de hurto?


Los delitos leves de hurto prescriben en el plazo de un año. En este sentido le recomendamos la lectura de nuestro artículo sobre la prescripción de los delitos.


5. ¿Cuándo se cancela el delito leve de hurto?


La cancelación de los antecedentes penales por delitos leves de hurto se producirá cuando hayan transcurrido sin volver a delinquir el plazo de seis meses (Artículo 136 del Código Penal).


6. Diferencia entre el delito de hurto y el de robo


Tanto los delitos de hurto como los de robo son delitos contra el patrimonio. Sin embargo la diferencia entre ambos tipo de delito radica en el uso de fuerza en las cosas o violencia o intimidación en las personas.

Por ejemplo, si nos dejamos la cartera encima de la mesa y alguien nos la sustrae sin darnos cuenta, estaríamos en presencia de un delito de hurto. Sin embargo, si la cartera nos la sustraen por la calle haciendo uso de violencia o intimidación, por ejemplo exhibiendo un arma blanca o arrancándonosla con fuerza estaríamos ante un delito de robo con violencia o intimidación.

De hecho los delitos de robo con violencia o intimidación y los delitos de hurto, no son de la misma naturaleza a efectos de reincidencia. Es decir, las condena anteriores por un delito de hurto no pueden computarse a efectos de aplicar la agravante de reincidencia. Así lo establece, por ejemplo, la Sentencia del Tribunal Supremo núm. 155/ 2019, Sala Segunda, de fecha 26 de marzo de 2019, y que nos dice que: "En consecuencia, no son de la misma naturaleza, los delitos de robo con violencia o intimidación que contiene la hoja histórica del recurrente, que los delitos de hurto, que es el aspecto aquí cuestionado"

La diferencia es importante, pues el delito de robo con violencia o intimidación tiene regulada una pena de prisión notablemente superior a la del delito de hurto.


 

7. La reincidencia en el delito leve de hurto.


Con la reciente reforma del Código Penal, y a pesar que como hemos visto con regla general la pena a imponer es de multa, los autores reincidentes de hurtos leves podrán ser sancionados con penas de prisión de entre 6 y 8 meses. Así lo dispone el artículo 234.2 cuando dice: 

"No obstante, en el caso de que el culpable hubiese sido condenado ejecutoriamente al menos por tres delitos comprendidos en este Título, aunque sean de carácter leve, siempre que sean de la misma naturaleza y que el momento acumulado sea superior a 400 Euros, se impondrá la pena del apartado  de este artículo. 

No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados o que debieran serlo"


El presente artículo ha sido redactado por los abogados de Letrados Directos en base a sus conocimientos y experiencia, sin perjuicio de mejor criterio. La información que se ofrece a través del sitio web es meramente informativa de carácter general, y por tanto, no puede entenderse que constituya asesoramiento legal ni profesional de ningún tipo. El uso de esta web implica la asunción de lo estipulado en el AVISO LEGAL.



Artículos relacionados en Letrados Directos


Correo
Llamada
Asignación
Acerca de