ABOGADOS ESPECIALISTAS EN DERECHO PENITENCIARIO 24 HORAS AL DÍA
En Letrados Directos contamos con abogados especialistas en Derecho Penitenciario, y que pueden abordar cualquier circunstancia en relación al cumplimiento de la pena y de las consecuencias jurídicas de la vida penitenciaria. Solicitud de permisos, tercer grado penitenciario, libertad condicional, y en general cualquier gestión relacionada con el tratamiento penitenciario. El asesoramiento de un abogado especialista en derecho penitenciario, es de vital importancia tanto en relación con los órganos administrativos tales como la Junta de Tratamiento, como en el caso de la relación con los juzgados de vigilancia penitenciaria. |
Solicitud de refundición de condenas, triple de la mayor... Existen muchos abogados que asumen encargos en materia de derecho penal, sin embargo, no es común encontrar a especialistas en Derecho Penitenciario. Cuente con un letrado que se encargue particularmente de sus asuntos penitenciarios. Derechos de las personas privadas de libertad Según el artículo 25 de la Constitución las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientas hacia la reeducación y reinserción social, y no podrán consistir en trabajos forzados. Así mismo, según este mismo precepto: "El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social. así como el acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad" Por su parte el artículo 3 de la Ley Orgánica Penitenciaria dispone que: "La actividad penitenciaria se ejercerá respetando, en todo caso la personalidad humana de los recluidos y los derechos e intereses jurídicos de los mismos no afectados por la condena sin establecerse diferencia alguna por razón de raza, opiniones políticas, creencias religiosas, condición social o cualesquiera otras circunstancias de análoga naturaleza" Por tanto, los presos gozan de todos los derechos fundamentales, a excepción de los expresamente privados y/o limitados por la sentencia objeto de condena.
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